
A la hora de casarse de manera Civil en la RepúblicaDominicana, se deben cumplir ciertos requisitos o requerimientos que exige la Junta Central Electoral, para que este proceso se cumpla conforme a los lineamientos y parámetros legales de nuestro país.
Estos requisitos no sólo aplican para extranjeros que quieren utilizar nuestro país como destino nupcial, sino también para los Dominicanos que viven en la diáspora o aquellos que residen de manera local.
Las normas son varias y cada una tiene su listado de cosas a requerir. A modo ilustrativo y orientativo en este documento publicamos cada una de las posibles maneras de conseguir casarse en la República Dominicana de manera legal y cumpliendo todas las normas establecidas.
REQUERIMIENTOS BASICOS PARA DOMINICANOS:
Fotocopia de su Cédula de Identidad y Electoral de los Contrayentes.
Acta Certificada de Nacimiento de los Contrayentes.
Si tienen Hijos en común, Acta de Nacimiento Original Certificada.
Copia de la Cédula de los Testigos escogidos por los Contrayentes.
Si estuvo casado. Acta de Divorcio o de Defunción según aplique.
Los familiares no son aceptados como testigos a menos que se incluye un testigo adicional, por cada familiar.
Los Esposos no pueden ser testigos, al menos que haya una persona más entre ellos.
REQUISITOS PARA EXTRANJEROS:
Declaración jurada de soltería hecho por un abogado notario público en el país y legalizada por procuraduría
Si la trae desde su país de origen, debe tener sello de apostille del país de origen y si la trae desde el país de origen debe hacerla ante el notario (convención de la haya 05/10/1961)
Si está en otro idioma, debe hacer la traducción ante un intérprete judicial.
El acta de nacimiento debe tener el sello de Apostille del país de origen, si está en otro idioma, debe hacer la traducción ante un intérprete judicial.
Si ha tenido un matrimonio anterior, acta de divorcio o defunción, si la trae desde su país de origen, debe tener el sello de Apostille del país de origen (convención de la haya 05/10/1961).
Si está en otro idioma, debe hacer la traducción ante un intérprete judicial según el caso y legalizar dicha traducción en la Procuraduría.
Para reservaciones deberán:
Reservas y depositar los documentos tres días antes de la fecha para contraer matrimonio.